ABR-Initia Abogados

PROTECCIÓN PARA LOS CONSUMIDORES QUE AVALARON PRÉSTAMOS A EMPRESAS O PROFESIONALES.

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En el año 2.015 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea volvía, como tantas otras veces, a salir en defensa de los consumidores de la Unión. Hablamos del Auto dictado en el asunto Tarcau. Se preguntaba en este asunto al Tribunal si puede aplicarse la normativa protectora de consumidores y usuarios a un particular que avala o afianza un préstamo concedido por un banco a una empresa o profesional.

El TJUE vino a decir, simplificadamente, que siempre que ese particular no tenga vinculación con la empresa que recibe el préstamo (p.ej.: que no sea socio, o trabaje para la misma), debe concedérsele la misma protección que a cualquier consumidor, sin que puedan aplicársele cláusulas abusivas, con independencia de que el contrato de préstamo tenga fines empresariales o profesionales.

El caso típico y que todos conocemos, es el del padre, madre, hermano, pareja… que avala con su propio patrimonio un préstamo concedido a la empresa de un familiar para sus actividades. Y es que, en muchas ocasiones, los bancos exigen que intervengan avalistas como condición sine quanom para conceder un crédito, crédito que la empresa puede necesitar en un momento dado para subsistir y que sus familiares avalar como un gesto de confianza y buena voluntad hacia su ser querido.

Las consecuencias prácticas de dicha resolución del TJUE las estamos empezando a ver recientemente en nuestro país, donde ya se han dictado las primeras sentencias y autos que aplican esta doctrina.

De este modo, si la empresa a la que avalamos como familiares o allegados quebrase, o simplemente dejase de pagar el préstamo, el banco obviamente podrá reclamarnos la deuda como avalistas, pero tendrá que descontar las cantidades que provengan de cláusulas abusivas. Si el préstamo de la empresa tenía clausula suelo, no podrá ser aplicada, si tenía intereses demora o comisiones abusivas, tampoco; por poner dos ejemplos prácticos.

Por ello, si llega el momento en que el banco nos reclama la deuda de la empresa que avalamos, es importante contactar con un abogado de confianza que nos asesore para que no se lucren a causa de nuestra falta de información. Estamos a su disposición.

 


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